Autora: Yeniny Y., Rodríguez P.

Evaluando riesgos y sistemas de control interno tributario en el siglo XXI

sábado, 13 de febrero de 2021

TRIBUTACIÓN Y CIUDADES SOSTENIBLES E INTELIGENTES (Smart City)

Si deseas escucharlo en Podcast haz link aquí: 

https://anchor.fm/yeniny-rodrguez/episodes/Tributacin-y-Smart-City-eqc0vr

En los últimos años, debido al potencial derivado del avance tecnológico, han surgido nuevas tendencias en las políticas públicas, asociadas a la aplicabilidad de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC), en la promoción de formas más eficientes y sostenibles para mejorar la vida de los ciudadanos, por lo que han surgido las denominadas Ciudades Inteligentes (Smart City). 

En este sentido desde las instancias de gobierno primario a nivel mundial (alcaldías), se experimentan iniciativas que han ido creciendo significativamente a partir del 2013, con miras a captar gran cantidad de información sobre lo que hacen ordinariamente sus ciudadanos, para conocer en tiempo real que ocurre en la ciudad, a fin de poder llegar a la consecución de sus objetivos de una manera mas eficiente.

Estas acciones diversas, pretenden crear un entorno sostenible para los ciudadanos, por lo que se centran en entender como generar una arquitectura socio-económica equilibrada, que permita aprovechar las ventajas competitivas de cada ciudad, de forma tal que estas puedan obtener los ingresos que contribuyan a la sostenibilidad de su presupuesto. 

Por lo antes expuesto, desde la municipalidad, de forma amigable y armoniosa, en conjunto con otros actores y delegando responsabilidades, debe liderarse una visión estratégica clara a largo plazo, que considere los recursos existentes (tanto propios como de terceros), para la promoción y articulación que permita el desarrollo eficiente, sostenible e inteligente de la gobernanza y gestión gerencial de la ciudad. 

La empresa privada debe ser alentada progresivamente (con impacto en el corto plazo sin perder de vista los objetivos a largo plazo), para confluir en las estrategias del municipio, de forma tal que puedan crearse ecosistemas de colaboración, que permitan la transformación de las ciudades. 

A su vez la sociedad civil, debe ser parte de esta sinergia que constituya junto con la academia un movimiento real de participación ciudadana para con estas iniciativas,  que permitan modelar el futuro en pro de los ciudadanos. 

A los fines de hacer económicamente factible las ciudades sostenibles e inteligentes, en opinión de quien escribe, las alcaldías deben ser novedosas en sus políticas, a fin de generar servicios públicos específicos autosostenibles y no a través de una mayor carga tributaria; que conlleve a la estimulación del aparato productivo, la generación de nuevas fuentes de empleo, y por ende, estos a mediano y largo plazo repercutan en el robustecimiento de la hacienda pública municipal, estadal y nacional, así como al fortalecimiento del PIB. 

Por ello se recomienda utilizar como instrumento de la política pública el diseño de programas y proyectos, que se sirvan de los ingresos provenientes de los fondos de dichos servicios públicos autosostenibles, con conjunto con objetivos compartidos que provengan de marcos presupuestarios asociados a créditos no reembolsables de multilaterales, más emisiones de bonos verdes a través del mercado de capitales, que cumplan con los principios mundiales sobre política urbana, que se encuentran debidamente enmarcadas en los diecisiete (17) objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de la Organización para las Naciones Unidas (ONU).

Los órganos de gobierno deben ser más eficientes en el uso de sus recursos y evitar que sus actividades actuales e iniciativas futuras, se convierta en una mayor carga tributaria para las empresas privadas y los ciudadanos, quienes no tienen porque cargar con las ineficiencias del sistema fiscal existente.

domingo, 29 de marzo de 2020

EL CORONAVIRUS Y EL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS





El estado de emergencia que vive el país, ha afectado todas las actividades en el territorio nacional. El ejecutivo a dispuesto una serie de medidas para contener la potencial crisis sanitaria asociada al coronavirus.

La materia tributaria no es ajena a los aspectos relacionados a la continuidad de las actividades ordinarias de los contribuyentes, ya sean personas jurídicas, naturales e inclusive entes del estado que deban cumplir con su deber tributario.

Lamentablemente, en esta oportunidad, tanto el SENIAT como otras administraciones tributarias estadales, municipales y recaudadoras de tributos parafiscales y otras exacciones, pareciera que lejos de ser solidarios y tener la empatía que esta crisis requiere, están más pendientes de cubrir unas metas tributarias, por demás alejadas hace ya tiempo de la realidad económica del país, que estar alineados a la realidad que la nación les demanda.

Si bien es cierto que el papel principal de toda Administración Tributaria es recaudar los tributos, no es menos cierto que para que ellas puedan cumplir con su rol, deben tratar con data acumulada de los contribuyentes, la cual se encuentra disponible a través de sus sistemas de información y procedimientos administrativos, que permiten conocer con un alto nivel de precisión y con la oportunidad debida, cual es la verdadera situación de cada contribuyente.

En este sentido la implementación de modelos de sistemas de información, conformados como parte integral de la gestión que la Administración Tributaria debe realizar, no sólo es para ser utilizados en aras del incremento de la recaudación. Este tipo de sistemas puede ser perfectamente utilizado para dar facilidades a los contribuyentes, al momento que se les presenten dificultades para cumplir con sus deberes tributarios.

Por lo antes expuesto, es absolutamente necesario que las máximas autoridades tributarias en este momento crítico, comprendan que la extensión de prórrogas tributarias a los contribuyentes, no es un capricho de sujetos pasivos maulas, por el contrario es una necesidad imperiosa, ante realidades tales como:

1-Problemas severos de conectividad tecnológica sujeto pasivo-sujeto activo-ente recaudador-asesores-contadores, como una sola entidad orgánica para el cumplimiento de la obligación.

2- Dificultad para el traslado físico de las personas a sus lugares de trabajo y las instalaciones del sujeto activo, producto de la falta de gasolina en todo el territorio nacional.

3- Severos problemas de flujo de caja, producto del cese de las actividades económicas del sujeto pasivo, lo cual atenta contra el deber material del pago del tributo.

4-  Necesidad de preservar la vida humana como derecho fundamental, por encima de cualquier deber tributario puntual.

domingo, 1 de abril de 2018

¿PENSANDO EN EL PETRO?


sábado, 31 de marzo de 2018

Petro Criptoactivos e Impuestos




Con la creación de la Superintendencia de los Criptoactivos y actividades conexas Venezolana, se abre una línea de investigación de interés en el área tributaria, que requiere puntualizar sobre el posible tratamiento que en dicha materia tendrán aquellas actividades relacionadas con este ecosistema emergente, el cual conlleva una incertidumbre profunda con respecto  a su alcance e impacto, tanto en las políticas públicas del estado venezolano, como en sus sistemas económico, monetario y fiscal.

Al respecto, partiré por utilizar un léxico común para identificar a los criptoactivos, criptodivisas (cryptocurrency) o criptomoneda como sinónimos, visto que estos no son mas que medios de intercambio digital basado en la tecnología de cadena de bloques (blockchain). Dichos medios de intercambio dependiendo de sus características, protocolo y emisores tiene diferentes nombres, siendo el mas famoso el primero en operar en el año 2009 denominado BITCOIN. (resaltado de la autora)

Considero importante en este punto indicar, que Bitcoin no sólo fue la primera criptomoneda, sino que dio paso a la tecnología de cadena de bloques, innovación secundaria (según dicen los expertos esta innovación transformará todas las áreas a nivel mundial) asociada a su sistema de codificación de la data, la cual  no requiere de un intermediario centralizado que identifique y certifique la información, sino que ésta se distribuye entre múltiples nodos independientes, que validan cada dato sin necesidad que haya relación entre ellos; donde cada bloque de la cadena contiene la información codificada de una transacción en la red, en este sentido cada bloque contiene un paquete de transacciones y 2 códigos, uno indica cual es el bloque que le precede y otro el bloque que le sigue, dichos códigos son los denominados HASH (algoritmo que consigue crear a partir de una entrada una salida alfanumérica que representa de forma compacta toda la información que se le ha dado), donde mientras más larga sea la cadena de bloques esto contribuirá a garantizar la seguridad del dato, ya que con la tecnología Blockchain siempre será legitimada la cadena de bloques más larga.

De allí la importancia de los mineros de criptoactivos, los cuales pasan a ser figuras claves que realmente hacen que se realicen en si las operaciones, estos computadores trabajan las 24 horas del día y vigilan pasivamente a los nodos; son los mineros los encargados de encontrar los HASH válidos y de comprobar con al menos el 51% de los mineros su validez, sólo así se actualiza constantemente la cadena de bloques y se actualiza la contabilidad del criptoactivo, aspecto por el cual se retribuye al minero con la criptomoneda a lugar.

Con el crecimiento y complejidad de esta tendencia, se ha dado paso a granjas de minado, las cuales demandan grandes cantidades de energía eléctrica (el investigador en políticas públicas Christopher Malmo calcula que cada transacción con Bitcoin supone al menos 26 kilovatios hora en minería, o lo que es lo mismo el 89% de lo que consume un hogar medio estadounidense en un día).

Una vez descrito grosso modo el ecosistema de los criptoactivos, paso a dilucidar sus componentes para poder tener una primera aproximación del posible tratamiento tributario de las actividades que se desarrollan en el mismo: 

1- Uso y tenencia del criptoactivo: Para determinar el tratamiento fiscal a dar a la transacción, es de vital importancia entender cual es el respaldo del mismo, desde el punto de vista legal, dependiendo el nombre de la criptomoneda, el sitio web que lo promociona, oferta monetaria, cantidad y el objeto del intercambio dependerá la naturaleza de esta partida en los estados financieros de su tenedor y por ende su tratamiento fiscal. Al respecto, estas criptomonedas podrían ser utilizadas para fines de inversión, ahorro o el intercambio de bienes y servicios, por lo que  el punto focal debería ser su uso por parte del tenedor del criptoactivo, ya que dependiendo de su tratamiento podría ser reconocido como una moneda, inversión, mercancía, activo financiero, dinero fiduciario,etc. 

En el caso venezolano por ejemplo, se pretende realizar una oferta inicial en barriles de petróleo, oro, gas y diamantes, por lo que es el único respaldado en activos tangibles, que en opinión de quien escribe, lo convierte en una inversión que generará una ganancia o pérdida por su tenencia y al momento de ser tranzado, lo que generará por tanto el hecho imponible que corresponda tanto en materia de ISLR , Impuesto a la Actividad Económica, Ciencia y Tecnología, entre otros. Ahora bien el propio gobierno venezolano a indicado que esta moneda servirá para el pago de tributos y como medio de pago a proveedores de bienes y servicios del sector público, tasas e inclusive en operaciones relacionadas con servicios turístico, así mismo en el caso de exportadores, se indicó en cadena presidencial reciente que estos podrán declarar al BCV con dicha moneda.

2- Plataformas para el intercambio digital (Exchange): las mismas por ser prestadoras de servicio financiero (ya sea como casas de bolsa o como casas de cambio), deberían ser tipificadas como tal y ser generadoras del Impuesto Sobre la Renta. En este caso deberá observarse con claridad la figura a utilizar (intercambio tradicional, corredores, negociaciones directas), el papel que jugará la Superintendencia de Criptoactivos, así como su relación con los reguladores tradicionales del Sistema Financiero y por último los servicios secundarios asociados a esta actividad que impactarán su ingresos tales como: billeteras móviles, almacenamiento fuera de línea, protección de seguro para la moneda, uso de monedas fiduciarias, entre otros.

3- Minería de criptoactivos: al ser una prestación de servicio, se encontrarían dentro del marco del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a la Actividad Económica, Ciencia y Tecnología y cualquier otro tributo o exacción a lugar.









viernes, 29 de diciembre de 2017

Y LLEVAMOS 200 MIL... GRACIAS POR SU APOYO¡¡¡


DEMUESTRE LA NORMALIDAD Y NECESIDAD DEL GASTO


domingo, 12 de febrero de 2017



Estaba desaparecida de este medio, sencillamente porque el trajín del día a día no me ha dejado chance de sentarme y por otro lado la musa no bajaba.

Sin embargo estar tanto tiempo fuera me ha permitido madurar mi nuevo enfoque estratégico de mi proyecto profesional (ejecutar mi profesión pero creyendo en la MARCA VENEZUELA), totalmente enmarcado en la filosofía del Blog y cuyas satisfacciones diarias durante los últimos meses son inenarrables.

Desde Noviembre 2014-Junio 2015, según mis análisis prospectivos-predictivos se perfilaba en el horizonte venezolano el tema de las exportaciones no tradicionales. Todo el que me conoce personalmente,  sabe que cuando me envicio con un tema me envicio y ya… visto esto, en Octubre 2015 converso con mi hermana Vitalia y le pregunto: Vitalia como andamos con nuestro CONASECA? .. CONASECA para mejores señas es la empresa consultora de la familia en materia aduanera desde hace 18 años (Yeniny es Tributarista no Aduanera) y ella de capa caída me dice: Cómo va a ir?.. MAL, acaso tú en tu nube de análisis y minería de datos (Sabrá PEPE DELGADO que vaina es esa) no sabes que las importaciones en Venezuela van PALO ABAJO?.. en ese momento le digo, que bueno que están PALO ABAJO te tengo la nueva visión de CONASECA, monta Junta Directiva que a partir de Enero 2016 nos vamos a enfocar estratégicamente en EXPORTACIONES… como sabrán  y para hacer el cuento corto estamos en VENEZUELA y el rollo no fue normal, EXPORTACIONES… QUE LOQUITA VALE¡¡¡

Como estamos, seguimos y espero continuemos en nuestra bella y mal querida VENEZUELA , CONASECA después de esa Junta Directiva terminó siendo TAT CONSULTORES (Tópicos Aduaneros y Tributarios) y ahora estamos con FOCO EXPORTACIONES.

Visto lo antes expuesto, invito a toda empresa venezolana o venezolano, que  quiera convertir esta CRISIS en OPORTUNIDAD, a contactarme directamente al: 0424-1828810 (preferiblemente pásame un mensajito y te llamo apenas pueda porque ando full con este proyecto).

Señores, hay Venezuela para rato, no vayamos a limpiar pisos, ni a ejecutar actividades que nos nos gustan (ni tienen que gustarnos) en el exterior, si tienes idea de ¿qué bien o servicio exportar?, nosotros en TAT CONSULTORES hacemos realidad este sueño.

Como valor agregado, les recomendamos Métanse en la página:

http://portal.mippcoexin.gob.ve/ventanilla-unica-de-comercio-exterior-vuce/

Podrán conseguir INFORMACIÓN en dicho enlace a La VUCE, esta es una herramienta estratégica para el desarrollo del Comercio Exterior Venezolano. Con la VUCE el estado venezolano pretende lograr simplificar trámites, disminuir los tiempos de exportación.

La VUCE es administrada de forma centralizada por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Internacional, permitiendo a las autoridades competentes y organismos gubernamentales recibir o tener acceso a la información para la gestión de la permisería necesaria para las actividades de comercio exterior.

La VUCE funciona como un sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio y transporte internacional gestionar, a través de medios electrónicos, los trámites requeridos por las diversas entidades competentes, de acuerdo a la normativa vigente, o solicitados por dichas partes para el tránsito, ingreso o salida del territorio nacional de las mercancías.  De esta forma el Gobierno Nacional pretende garantizar controles eficientes y actuaciones administrativas transparentes.

Antecedentes según la página visitada:

“Durante los años 1960 y 1980, el comercio mundial de mercancías duplicó su participación sobre el producto interno bruto (PIB) mundial.  Lo cual se evidenció en el crecimiento de las actividades de comercio transfronterizos, lo que llevó a verificar y validar los requerimientos en la gestión de las organizaciones encargadas de los trámites de comercio exterior, de esta forma se generan los primeros esfuerzos para hacer más eficiente y agilizar la gestión documental de las operaciones comerciales.  Uno de los modelos de gestión creados fue el de las ventanillas únicas aplicadas al comercio exterior que se denominaron VUCE.

El primer país en la región en adoptar este modelo de gestión, fue Panamá en el año 1985, con una ventanilla para las exportaciones, y posteriormente Brasil generó un sistema similar.  En la región, Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay, tienen en diseño, en construcción y/o en funcionamiento, ventanillas electrónicas de comercio exterior. Bolivia ha iniciado un proyecto para establecer una ventanilla física como etapa inicial en lo que será posteriormente la evolución a una electrónica.

Ante la actual crisis económica que atraviesa Venezuela, como resultado de los embates de  la Guerra Económica y la dramática caída de los precios petroleros, se hace imperativo avanzar aceleradamente en el desarrollo industrial y la promoción de nuevas y crecientes fuentes de ingresos en divisas provenientes de las exportaciones de rubros no tradicionales.  Estas tareas, contenidas en el Plan de la Patria 2013 – 2019, así como en la Agenda Económica Bolivariana, y  expresadas en el lanzamiento del motor exportador, constituyen un paso impostergable para alcanzar un modelo de desarrollo económico sustentable y con un profundo contenido social.

En este sentido, además de las políticas de estímulo y promoción para las exportaciones, se decide adoptar el modelo de la  Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE, como  herramienta de gestión que permitirá la agilización de los procesos de comercio exterior, a través de la  simplificación de los trámites administrativos, la adecuación institucional y la integración de los organismos a través de un solo punto de acceso a las operaciones de comercio exterior, así como el desarrollo de procesos transparentes, lo cual se traduce en eficiencia y confianza.  De igual forma contribuye de manera notable al esfuerzo de generación de divisas,  independientes de la producción de petróleo, para la reactivación del aparato productivo nacional, así como para la atención de las necesidades del pueblo.

Objetivos
Agilizar los trámites de Comercio Exterior a través de la simplificación y aplicación de técnicas de mejora continua, convirtiéndolos en ágiles, fáciles y seguros, transformándolos en competitivos en los mercados mundiales.
Generar un repositorio digitalizado de los procesos de comercio exterior, a través de la documentación digita lizada, y la generación de datos válidos que conllevan a la eliminación de papel y mayor productividad con respecto a los tiempos.
Compartir información de forma electrónica entre las distintas instancias de Gobierno involucradas, además de garantizar el acceso desde cualquier punto del territorio nacional.
Contar con información previa al despacho aduanero, para la aplicación acertada del análisis de riesgo.
Ofrecer seguridad jurídica a la información suministrada.”

Señores gracias a Dios, ya los reales se acabaron, convierte esta CRISIS en OPORTUNIDAD, es la única manera de trabajar desde lo positivo… recuerden los países no cierran la Santamaría, esta es la oportunidad que estábamos buscando para salir de forma productiva hacia adelante.
También se reciben oraciones…pero hay que montarse en proyectos productivos.

domingo, 18 de septiembre de 2016

Las exportaciones están sometidas al IVA



El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el IVA, publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria
No. 6.152 de fecha 18 de noviembre 2014, indica en su artículo 3, numerales 4 y 5 y en su artículo 4 que dicha actividad (bienes y servicios) constituye hecho imponible sujeto a este tributo.

Sin embargo, por ser ésta aportante de una balanza positiva comercial para Venezuela, beneficiando las cuentas nacionales; el PIB; la generación de divisas; desarrollo, crecimiento económico y una fuente generadora de empleo productivo; la alícuota  considerada es del 0%, según lo establece el artículo 27 ejusdem.

Por lo antes expuesto,  si una empresa maneja operaciones de exportación, deberá estar atenta a:

1.      Artículos 34 y 35 de la Ley, por el tratamiento del prorrateo de los créditos fiscales IVA.
2.      Artículos 43, 44, 45, los cuales indican el mecanismo de recuperación de los créditos fiscales asociados al proceso de exportación, a través de Certificados Especiales de Reintegro Tributario (CERT), cuyo plazo de vigencia es hasta 2 años,  que podrán ser cedidos o utilizados para el pago de tributos nacionales, accesorios de la obligación tributaria, sanciones tributarias y costas procesales. Así mismo el SENIAT podrá crear un registro especial a esta categoría de contribuyentes y exigirles la constitución de garantías suficientes en el caso que deseen la recuperación de estos.
3.      Los momentos en que mantenga solicitudes de recuperación de créditos fiscales, deberá tener especial atención con las casillas 21, 22 y 23, al momento de elaborar su declaración IVA, en este sentido, el monto solicitado en la casilla 21, no podrá exceder al resultado de la suma de los créditos fiscales del periodo más el excedente de créditos fiscales del periodo anterior.
4.      La elaboración de la factura comercial que respalda la exportación debe cumplir con la normativa de facturación  IVA y registrarse en los libros de venta. Esta debe prepararse en forma detallada y con claridad en la redacción, para que sea comprendida por cualquiera que tenga un conocimiento limitado del idioma, se recomienda indicar en su contenido lo siguiente:
a.      Datos fiscales del vendedor
b.      Nombre y dirección del consignatario
c.      Condiciones de venta, lugar, fecha de expedición
d.      Aduana de origen y destino
e.      Descripción de la mercancía, cantidad, peso, volumen, modalidad del embarque
f.       INCOTERMS, acreditación de la propiedad de la mercancía
g.     Datos del exportador e importador involucrados en la operación
h.      Precio de la mercancía especificando el tipo de moneda y su equivalente en Bs.



EL REGISTRO SIGESIC Y ESTAR AL DÍA CON EL FONACIT 
SON INDISPENSABLES PARA TRAMITAR 
RÉGIMEN LEGAL 4 EN ADUANAS








¿POR QUÉ?

Porque el estado venezolano actualmente requiere del concurso de todos para incrementar la recaudación fiscal y parafiscal, por ello desde mediados de 2015, diversos entes gubernamentales se encuentran estableciendo estrategias cruzadas que permitan crear mecanismos modernos para disminuir la evasión fiscal.

De allí que te recomendamos: cuando requieras realizar algún procedimiento administrativo ordinario ante un ente público, debes revisar si estás cumpliendo con el 100% de tus obligaciones formales y materiales. 

Para cualquier asesoría en proyectos de exportación, no duden en contactarnos al: 0424-1828810 o a mí correo electrónico: yeninyrodríguez.tatconsultor@gmail.com

sábado, 2 de abril de 2016

La factura electrónica en Venezuela



En la reforma tributaria de noviembre 2014, la Ley de IVA en Venezuela incluyó una modificación novedosa sobre la facturación electrónica.

Si bien es cierto que hasta la fecha el articulado referente a la factura electrónica no ha sido puesto en práctica, en anuncios recientes el presidente venezolano anunció que se encontraba en conversaciones con el presidente de Ecuador Rafael Correa,  a fin de instaurar en Venezuela un Sistema de Facturación electrónica similar a ese país.

En vista de dicho anuncio, consideramos pertinente comentar que esta iniciativa está enmarcada en la necesidad de modernizar y agilizar los procesos y trámites tributarios de un país, donde la Administración Tributaria podrá tener acceso oportuno y de calidad a los procesos de facturación que soportan el IVA y el Contribuyente podrá tener garantía de la validación de sus documentos en el momento de su emisión, y al mismo tiempo verá reducidos sus costos de emisión, envío y almacenamiento de comprobantes.

En el caso de Ecuador los comprobantes sometidos a este sistema son la factura, las notas de débito y crédito, los comprobantes de retención y las guías de remisión.

El Sistema de Facturación Electrónica del país ante mencionado, permite que el emisor (el contribuyente) pueda generar comprobantes electrónicos en la herramienta gratuita o en su sistema propio, dicha emisión puede ser individual o en conjunto (hasta 50 comprobantes electrónicos); una vez generado el comprobante electrónico se firma con el “Certificado de firma digital”, que debe ser adquirido en las entidades certificadoras (ANF, Security Data, Banco Central del Ecuador y Consejo de la Judicatura); luego el emisor envía el comprobante firmado a la base de datos del SRI (Servicio de Rentas Internas de Ecuador) y cuando llega la información se valida y autoriza el comprobante; una vez cumplido ese paso el SRI notifica al receptor del comprobante electrónico mediante portal web, correo electrónico u otros medios.

En el enlace que les copio a continuación pueden bajar el PDF que tiene a disposición el SRI de Ecuador con esta información:

http://www.sri.gob.ec/documents/156146/0/pdf+FACTURACION+ELECTRONICA+V1_out_03_03_2015.pdf/489fb78d-5e8d-4a01-808f-b4417d1842dc